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RENTABILIZA TU WEB: Cuenta inhabilitada Siguiendo al hilo de nuestro artículo anterior El coloso en llamas , continuamos hoy realizando un análisis más pormenorizado del funcionamiento de Adsense. Una de las causas por las que una cuenta se desactiva e inhabilita puede ser por realizar clics no válidos, tener dos cuentas... y una de las respuestas que aparecía repetidamente también en el foro era la de no ser una página rentable. Después de respuestas opuestas, ha quedado patente que el contrato de servicio es distinto en países sudamericanos o España y, deduzco, también diferente al de Estados Unidos, Asia, etc. Así podemos encontrar que en algún contrato se especifica: Google se reserva el derecho a dar de baja, sin previo aviso, cualquier cuenta que no haya generado un número suficiente de clics válidos en Anuncios o Botones de Referencias o impresiones válidas de Anuncios (en cada caso, según las mediciones de Google) durante un período de dos (2) meses o más. Quizás la pregunta a formularse, ¿qué es lo que entiende Google por un número suficiente? Si se desconoce esto, cualquier cuenta puede ser dada de baja sin más justificación. O, ¿quién nos asegura que algún día no serán considerados como peligro todos los que reciben gran número de impresiones y/o clics porque quizás puedan pensar que se incentiva a los usuarios? Pretendo tan sólo dar a entender que son tantas las justificaciones con las que pueden desactivar una cuenta que cualquiera puede correr esa suerte. Además, este punto no aparece en el contrato de España. Nos parece un tanto ilógico que la empresa no mantenga la misma línea en todos los países en los que es operativa, aunque es sólo una opinión dado que como empresa debe saber lo que le conviene o no. Todos los que participamos o hemos participado en este programa, ¿somos conscientes de la ambigüedad que encierra el contrato? Me referiré tan sólo al contrato de España, aunque seguramente pueda ser extensible a cualquier otro país. Éstos son algunos de los apartados que nos aparecen en los términos de condiciones: «7.2 Google podrá, en cualquier momento, suprimir la totalidad o cualquier parte del Programa, resolver el presente Contrato, o suspender o cancelar la participación de cualquier Propiedad la totalidad o en alguna parte del Programa. 9.1 Google no otorga garantías con respecto al volumen de impresiones de Anuncios o clics en cualquier Anuncio o Botón de Referencia, el plazo de entrega de dichas impresiones y/o clics, la realización de Eventos de Referencia o la cantidad de cualquier pago que le corresponda de conformidad con el presente Contrato.» ¿Cuál es nuestra protección ante el coloso? Por un lado no nos garantizan el volumen de impresiones o clics pero, ¿pueden garantizar que el número de los no válidos son correctos? Citando nuestro caso personal, se nos consideraba un peligro para los anunciantes y el enlace que nos facilitaban nos dirigía a información relacionada con clics no válidos. Creo que la lógica nos diría que quien comete esta infracción no espera dos años y medio para realizarla y, de ser así, de haberla cometido ¿por qué esperar a llegar al límite del pago, que obviamente aún no hemos solicitado por no alcanzar 70 € , atentando presuntamente contra otros anunciantes? ¿Por qué no cortar de raíz? Con esa actitud tampoco se protegería a los anunciantes. Por otro lado, si tal como también aparece recogido en el contrato en varios apartados del punto 12 en el que se especifica que sólo tendremos derecho a recibir una comisión por clics, impresiones... válidas pero no por las no válidas, nos preguntamos entonces: ¿cuál puede ser el perjuicio para el anunciante? Para todos los que hayan visto inhabilitado su cuenta, quizás le interese saber: «12.4 En caso de resolución del presente Contrato, Google le abonará cualquier saldo pendiente que le corresponda en el plazo aproximado de noventa (90) días a contar a partir de la finalización del mes natural en el que el presente Contrato haya quedado resuelto. No obstante, Google no abonará en ningún caso saldos devengados inferiores a €10. Google podrá retener cualquier saldo inferior a €10 en concepto de gastos de gestión.»

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